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GEORREFERENCIACIÓN PARA ACTOS ENTRE CATASTRO Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD

La Ley Hipotecaria y el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, tras su reforma por la Ley 13/2015, de 24 de junio, establecen un sistema de coordinación entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la Propiedad, para que éste incorpore la descripción gráfica georreferenciada de las fincas registrales, para realizar la inscripción de operaciones que supongan una reordenación de los terrenos, tales como segregaciones, agrupaciones o reparcelaciones así como en la inmatriculación de fincas. utilizando como base la cartografía catastral. La finalidad de esta actuación es conseguir una mayor seguridad a los datos de ubicación, delimitación y superficie de las fincas registrales que son objeto del tráfico jurídico y de esta manera conseguir una coordinación catastro-registro. La Dirección General de los Registros y del Notariado junto con la Dirección General del Catastro han publicado una Resolución conjunta (Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General del Catastro), regulando los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad. En esta Resolución exige para la inscripción de las fincas, una documentación gráfica que incluya las coordenadas georreferenciadas de los vértices de todos sus elementos, suscrita por técnico competente. Los objetivos perseguidos con esta Resolución son:

  1. Conseguir una mayor precisión en la descripción de las fincas registrales mediante la incorporación de una descripción gráfica georreferenciada que coincida con la superficie inscrita y que quede inscrita en el folio real.
  2. Que el registrador se pronuncie respecto a si la descripción gráfica inscrita se corresponde con la contenida en el catastro, en cuyo caso será ésta la que se incorpore al Registro considerándose la finca coordinada.
  3. Que la cartografía catastral pase a ser la única base gráfica de la descripción de las fincas en el Registro de la Propiedad, descartando otras cartografías oficiales si bien la Ley Hipotecaria contempla la posibilidad de aportar una descripción geográfica georreferenciada alternativa para el caso de que aquella no se corresponda con la realidad.

Ahora bien, en bt2 asociados consideramos que en estos casos la cartografía catastral va a seguir siendo al base de la representación gráfica del registro de la Propiedad, al exigirse a la representación gráfica alternativa que cumpla con una serie de requisitos técnicos que garanticen su compatibilidad y coherencia con la cartografía catastral con la finalidad final de que dicha representación se incorpore posteriormente al parcelario catastral, actualizando o rectificando la cartografía catastral, motivo por el cual la representación gráfica alternativa inscrita tiene un carácter provisional o transitorio.

¿Qué es la Georreferencia de una parcela catastral?

En bt2 asociados entendemos por Georreferenciar una parcela catastral es aquella técnica que permite emplazar en el espacio de manera precisa definida por unas coordenadas geográficas en un sistema determinado. Dichas coordenadas permiten volver a marcar en el terreno los límites de la parcela. La forma de expresión de de una parcela se expresa mediante la incorporación de un sistema de referencia su sistema de proyección y sus coordenadas. En el caso de España el sistema de referencia oficial es el conocido como ETRS89 (y también REGCAN95 en Canarias) y la proyección a utilizar se llama UTM. La información acerca de la georreferenciación de una parcela se representa en un formato GML específico. Se representa empleando el formato GML de parcela catastral INSPIRE.

¿Cuáles son los pasos para generar un fichero GML de una parcela catastral?

En bt2 asociados consideramos que previamente debemos de disponer de de la cartografía catastral de la zona a estudio en formato DFX, el sistema de coordenadas UTM y el sistema geodésico de referencia ETRS89. A continuación realizaremos las modificaciones de lindes pertinentes sobre la cartografía catastral y eliminaremos todos los demás datos. Paso siguiente es la obtención de las coordenadas de los vértices de la finca resultante y finalmente generaremos el fichero GML para adaptarlo al formato de la parcela resultante

¿Qué es la Representación Gráfica Alternativa (RGA)?

La representación gráfica alternativa (RGA) es una representación gráfica que NO coincide con la representación gráfica contenida en la certificación catastral descriptiva y gráfica de un inmueble al entender el titular que no se corresponde con la realidad física. Es un plano georreferenciado, que delimita de manera precisa la parcela en que se ubica, mediante la expresión de las coordenadas geográficas correspondientes a cada uno de sus vértices, referidas al sistema geodésico oficial y que debe elaborarse en formato informático.

La RGA se refiere a una parcela, que se define como la porción de suelo que delimita la geometría del derecho de propiedad de un propietario o varios pro indiviso.

bt2 asociados ofrece los siguientes servicios técnicos de georreferenciación a Notarías, para actos entre Catastro y Registro de la Propiedad:

Certificado de Georreferenciación (correspondientes a: segregaciones, agrupaciones, reparcelaciones de parcelas o inmatriculaciones de fincas.)

1.    LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO:


Consistente en:


o   Instauración de bases para la realización de los trabajos.

o   Coordenadas UTM ETRS89.

o   Levantamiento topográfico del perímetro de la parcela.

o   Obtención el plano georreferenciado.

o   Preparación de informe con coordenadas de vértice de parcela.

 

2.    CERTIFICADO DE GEORREFERENCUIACIÓN DE RECINTO

 

Consistente en:

 

o   Preparación de planos de la parcela objeto de estudio.

o   Elaboración de fichero informático.

o   Preparación de formato GML.

o   Envió a Dirección General de Catastro.

o   Certificado positivo de emisión por Dirección General de Catastro.

 

3.    REPRESENATCIÓN GRÁFICA ALTERNATIVA  (RGA) , EN FORMATO GML.

 

Consistente en:

 

o   Preparación de planos de la parcela objeto de estudio.

o   Elaboración de fichero informático.

o   Preparación de formato GML.

o   Envió a Dirección General de Catastro.

bt2 asociados le ofrece la mejor y más completa oferta de Documentos Técnicos de Georreferenciación para Actos entre Catastro y Registro. Adaptándonos a las necesidades del cliente, para que todos podamos avanzar hacia el éxito. Calidad y profesionalidad nos permiten asumir el compromiso de cumplir sus expectativas y objetivos con la seriedad y empatía que se merece. Consigue Fácil y Rápido tu Certificado de Georreferencia, Representación Gráfica Alternativa en Valencia, Castellón y Alicante.

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Nos encantaría resolver sus dudas.

¡Ponte en contacto con nosotros!

llamando al  96 394 47 77 / 646 090 /202
o utilizando el correo electrónico
info@bt2asociados.com



Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, elaboramos todo tipo de Actos entre Catastro y Registro de la Propiedad en la gestión de los inmuebles y su información gráfica en Valencia y provincia, así como  en todos los municipios de provincia como Torrente, Burjassot, Meliana, Almàssera, Paterna, San Antonio de Benagéber, L´Eliana, La Pobla de Vallbona, Lliria, Puçol, La Pobla de Farnals, Alboraia, Tavernes Blanques, Mislata, Xirivella, Albal, Picassent, Catarroja, Paiporta, Montserrat, Sagunto, Buñol, Chiva, Cheste, Requena, Utiel, etc.

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