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CENTROS DE ENSEÑANZA DE YOGA, PILATES Y TAI-CHI

Actualmente, una de las líneas de acceso al mundo laboral de los instructores de yoga consiste en la creación de una consulta o centro de enseñanza de yoga, pilates y tai- chi privado.

 

Se definen como CENTROS DE ENSEÑANZA DE YOGA, PILATES Y TAI-CHI aquellos centros en los que, como actividad exclusiva, se imparten enseñanzas de las disciplinas de yoga, pilates y taichi, sin que se realicen además otras prácticas deportivo recreativas de uso público que puedan catalogar dicha actividad, según la normativa vigente, como espectáculo o actividad recreativa.

¿Qué tipo de licencia es necesaria para la apertura de una actividad de un Centro de Enseñanza de Yoga, Pilates y Tai-Chi?


Existen distintos procedimientos a la hora de proceder a la apertura de este tipo de actividades, pero ambos deben de regirse por la normativa de regulación de apertura de actividades de la comunidad Valenciana, según Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención y Control Ambiental de Actividades en la Comunidad Valenciana.

Este tipo de actividades de escasa o nula incidencia ambiental generalmente deberán tramitarse por el procedimiento de comunicación de actividades inocuas, considerándose como tales todas aquellas que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Ley 6/2014. No obstante, los ayuntamientos podrán regular en sus ordenanzas las actividades que tengan la consideración de inocuas y por tanto estén sujetas a este régimen.

El régimen de comunicación de actividades inocuas tiene como finalidad posibilitar a los operadores económicos el ejercicio de una actividad sin necesidad de autorización previa u otro acto administrativo previo por parte de la administración, atendiendo a su nula incidencia ambiental.

Cualquier establecimiento dedicado a la práctica deportiva como gimnasios, polideportivos, centros de alto rendimiento, centros de yoga, centros de entrenamiento personal o de cualquier otra actividad deportiva, están obligados a tramitar la licencia de actividad para su apertura y a cumplir con toda la normativa.



¿Cómo se realiza la solicitud e inicio de la actividad de un centro de Enseñanza de Yoga, Pilates y Tai-Chi?

La comunicación de actividades inocuas podrá formularse una vez acabadas las obras y las instalaciones necesarias, y obtenidas en su caso, las autorizaciones u otros medios de intervención que procedan.

Normalmente este tipo de actividades se formalizarán de acuerdo con el modelo que a tal efecto se encuentre disponible en la página Web del correspondiente Ayuntamiento o, en su defecto el que con carácter general ponga a disposición la Consellería competente en medio ambiente.

La comunicación de actividades inocuas se presentará ante el ayuntamiento en el que vaya a realizarse la actividad y surtirá efectos desde su presentación. Una vez presentada podrá iniciarse el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las administraciones públicas.

La administración podrá comprobar, en cualquier momento, la veracidad de todos los datos y documentos aportador, así como el cumplimiento de los requisitos que la normativa aplicable exija para el ejercicio de la actividad.

Potestativamente, el interesado podrá solicitar del ayuntamiento la consignación en la comunicación presentada o mediante certificado expreso, la conformidad de la administración.

 Las características que deben de cumplir este tipo de locales, según REGIDORIA DE SANITAT son los siguientes:

  •  Altura mínima de 2´50 m. desde el suelo al techo.
  • El pavimento será homogéneo, liso, sin soluciones de continuidad, impermeable, no resbaladizo y resistente a ácidos y álcalis.
  • Paredes lisas, impermeables y de fácil limpieza y desinfección.
  • La ventilación será natural o forzada, apropiada a la capacidad del local, garantizando una renovación mínima de aire de acuerdo al vigente Reglamento RITE y Normas UNE.
  • Dispondrán de instalación de calefacción o acondicionamiento de aire, pudiendo emplear cualquier sistema de producción de calor que pueda mantener las condiciones de temperatura fijadas por la normativa específica.
  • Los locales contarán con abastecimiento de agua corriente caliente y fría en todas las tomas.
  • Los locales dispondrán de zonas de almacenamiento independientes de las zonas de enseñanza y vestuarios.
  • Únicamente se permitirá el consumo de alimentos en la zona de descanso del personal, que deberá ser independiente de las zonas de almacenamiento y de público.


En relación con los aseos y vestuarios, este tipo de centros deberán cumplir:

  • Se establecerán servicios higiénicos independientes según sexos, ubicados en lugares adecuados del local, separados debidamente del recinto de la sala.
  • La dotación mínima será de un inodoro, lavabo y una ducha para cada uno de los sexos, hasta un aforo de 100 personas.
  • Para cada 100 personas más o fracción, se incrementará en un inodoro, un lavabo y una ducha para cada uno de los sexos.
  • El personal podrá compartir el aseo y vestuarios con el público.
  • Los locales de aseo estarán provistos de ventilación natural y/o forzada independiente de la ventilación del resto del local.
  • Los aseos estarán dotados de jabón líquido, toallas de un solo uso o generadores de aire, así como papel higiénico y percha. Los aseos femeninos dispondrán de cubo higiénico en la zona del inodoro.
  • Se habilitarán los elementos necesarios para la colocación de ropa y el calzado de los clientes.


 

¿Cuáles son las Condiciones de Funcionamiento para la apertura de una actividad de un Centro de Enseñanza de Yoga, Pilates y Tai-Chi?

  • Los locales estarán limpios, desinfectados y en buen estado. Como mínimo al acabar la jornada y siempre que sea necesario, el local se limpiará con agua y detergentes. De forma periódica, se desinfectarán todas las superficies. Todas las instalaciones se mantendrán en permanente y correcto estado de conservación y limpieza. Al menos una vez al año y siempre que sea necesario, o sean requeridos para ello por la autoridad sanitaria, se realizará desinsectación y desratización de los mismos, por empresa y con productos autorizados.
  • La actividad deberá disponer de un botiquín de primeros auxilios suficientemente dotado.

¿Cuál es la Legislación vigente que regula la apertura de una actividad de un Centro de Enseñanza de Yoga, Pilates y Tai-Chi?

  • Real Decreto 486/97 de 14 de abril que establece los requisitos mínimos sobre seguridad y salud en los lugares de trabajo.
  •  Plan General de Ordenación Urbana de Valencia.
  • Decreto 52/2010 de 26 de marzo del Consell que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2003 de Espectáculos Públicos. Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

¿Necesitas tramitar la autorización sanitaria de tu Centro de Enseñanza de Yoga, Pilates y Tai-Chi?

  Los centros y servicios sanitarios, sea cual sea su nivel, categoría o titular, con el fin de poder ponerlos en marcha o ante cualquier modificación significativa que se realice en ellos, necesitan la autorización administrativa de funcionamiento. Por lo tanto, están sometidos a este trámite en los siguientes casos:

  • Obra nueva, por alteraciones sustanciales en la estructura o instalaciones o por traslado a una nueva ubicación.
  • Inicio de funcionamiento y apertura al público.
  • Modificación de la cartera de servicios.
  • Traslado a una nueva ubicación.
  • Cierre.


 

 En bt2 asociados gestionamos la licencia de actividad completa de su centro sanitario en el Valencia y provincia y la autorización sanitaria en la Conselleria de Sanidad Universal y salud Pública de la GENERALITAT VALENCIANA, garantizando el cumplimiento de toda la normativa de carácter vinculante.

Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, ofrecemos un servicio de asesoramiento técnico y realizamos todos los trámites para que obtenga su licencia de apertura de forma fácil y rápida, así como la tramitación de la autorización sanitaria correspondiente a la actividad, en Valencia, así como en todos los municipios de provincia.


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Teléfono / WhatsApp: 646 090 202
Web: 
www.bt2asociados.com

E-mail: info@bt2asociados.com

 

 

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